Este documento tiene como propósito fortalecer la estrategia de litigio estratégico en el marco del Macrocaso 11 de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) “Violencia basada en género, violencia sexual, violencia reproductiva, y otros crímenes cometidos por prejuicio basados en la orientación sexual, la expresión y/o identidad de género diversa en el marco del conflicto armado colombiano”1, ello mediante dos componentes articulados: (i) la sistematización de herramientas orientadas al proceso de instrucción del caso, y (ii) la formulación de estándares diferenciados de reconocimiento de verdad. Este ejercicio se lleva a cabo en los aportes conceptuales, políticos y metodológicos desarrollados por la Alianza de Litigio de Género ante la JEP2.
En un contexto donde la violencia sexual, reproductiva y por prejuicio ha sido históricamente marginada o subordinada en los procesos de judicialización de crímenes del conflicto armado, el Macrocaso 11 representa una oportunidad crítica para disputar esas omisiones y consolidar una comprensión jurídico-política de estas violencias como repertorios estructurales de control, disciplinamiento y castigo ejercidos por los actores armados.
El análisis parte de una lectura crítica de experiencias internacionales —como el TPIR, TPIY, CPI y la Corte Especial para Sierra Leona— que, si bien constituyeron avances significativos en la tipificación y enjuiciamiento de la violencia sexual y otras violencias de género en contextos de conflicto, evidenciaron deficiencias estructurales en la protección de víctimas, en la construcción de verdad contextual y en la integración de enfoques diferenciales. A la luz de estas lecciones y de experiencias restaurativas en Sierra Leona y Bougainville (Papúa Nueva Guinea), el presente documento identifica líneas técnicas orientadoras para la instrucción del Macrocaso 11 en ambas rutas procesales (dialógica y adversarial), evitando lógicas adversariales revictimizantes y salvaguardando el potencial transformador de la justicia transicional.
1 Jurisdicción Especial para la Paz. Auto SRVR No. 05 de 2023.
2 La Alianza de Litigio de Género está integrada por la Corporación Humanas, Corporación 8 de Marzo, Corporación Caribe Afirmativo, Colectivo de Abogadas Helenita Gonzalez, Red Nacional de Mujeres, Corporación Colectiva Justicia Mujer y Colombia Diversa. Su misión es contribuir a la garantía de los derechos humanos de las mujeres y la población LGBTIQ+ víctimas de violencias basadas en género en el marco del conflicto armado a través de acciones de litigio estratégico ante la Jurisdicción Especial para la Paz. Las recomendaciones consignadas en este documento fueron recogidas de dos publicaciones hechas por la Alianza: Cosechando saberes para una justicia reparadora: Recomendaciones a la JEP (2023) y Esencia de Cacao. Cosechando saberes para una justicia reparadora. Entrega de recomendaciones a la JEP (2024). También se incluyeron los resultados de una mesa técnica de la Alianza llevada a cabo el 24 de junio de 2025.
2 La Alianza de Litigio de Género está integrada por la Corporación Humanas, Corporación 8 de Marzo, Corporación Caribe Afirmativo, Colectivo de Abogadas Helenita Gonzalez, Red Nacional de Mujeres, Corporación Colectiva Justicia Mujer y Colombia Diversa. Su misión es contribuir a la garantía de los derechos humanos de las mujeres y la población LGBTIQ+ víctimas de violencias basadas en género en el marco del conflicto armado a través de acciones de litigio estratégico ante la Jurisdicción Especial para la Paz. Las recomendaciones consignadas en este documento fueron recogidas de dos publicaciones hechas por la Alianza: Cosechando saberes para una justicia reparadora: Recomendaciones a la JEP (2023) y Esencia de Cacao. Cosechando saberes para una justicia reparadora. Entrega de recomendaciones a la JEP (2024). También se incluyeron los resultados de una mesa técnica de la Alianza llevada a cabo el 24 de junio de 2025.
Este enfoque crítico se reviste de especial pertinencia si se considera la necesidad de visibilizar formas ampliadas de violencias de género. La violencia reproductiva —como la imposición de abortos o anticoncepción forzada intrafilas—, entendida como una transgresión a la autonomía, exige un tratamiento diferenciado del delito, más allá de la mera violencia sexual. Esto se ha reconocido en la literatura académica que propone calificar estas prácticas como crimen de guerra por tratos inhumanos, y aboga por una aproximación jurídico-criminal crítica y autónoma respecto a la violencia sexual.
En coherencia con el diseño normativo y los desarrollos conceptuales de la JEP, el documento adopta la justicia restaurativa transicional como eje articulador de su propuesta. Este enfoque, más que una alternativa a la sanción con penas privativas de la libertad constituye un marco normativo, epistemológico y relacional que redefine el rol de las víctimas, el valor del testimonio y la función misma de la verdad judicial en contextos de violencia estructural. Desde esta perspectiva, se propone una arquitectura jurídica diferenciada para el litigio estratégico en el Macrocaso 11, que permita disputar las condiciones de producción de verdad, aportar a la consolidación de estándares robustos de justicia de género y contribuir a una reparación integral que no dependa exclusivamente de la etapa sancionatoria.